Publicado: Guatemala, 4 de abril del 2024
La protección del ciudadano contra el abuso de los gobernantes es vital para que una sociedad pueda prosperar.
Un caso curioso e interesante de abuso de poder de la Municipalidad de Antigua Guatemala y corrección por parte de la Corte de Constitucionalidad de Guatemala ocurrió durante los días previos al jueves y viernes Santo. El alcalde de Antigua Guatemala en conjunto con su consejo municipal emitió un acuerdo en el que prohibían la apertura de bares y discotecas durante el jueves y viernes santo. La Corte de Constitucionalidad suspendió esa decisión al otorgarle un amparo a la Cámara de Industria dado que afectaba a empresarios y trabajadores por limitarse el derecho al libre comercio.
Me parece importante comentar este caso porque la división de poderes suele servir para limitar el abuso que pueda cometer algún alcalde, gobernador o funcionario de gobierno incluyendo al presidente, ministros, diputados, jueces y magistrados. Ninguna persona que ocupe un cargo del que sea está facultado para violar los derechos de las personas ni para emitir las resoluciones que se les de la gana. Por más buenas intenciones que tengan, hay que respetar el orden constitucional que garantiza derechos fundamentales de los ciudadanos. En este caso, la Corte puso en su lugar al alcalde y sus concejales. La intención pudo haber sido noble pero recordemos la famosa frase: “El camino al infierno está pavimentado de buenas intenciones”. El acuerdo fue plasmado en el Acta Número 036-2022 de la Municipalidad de Antigua Guatemala. Al leer los considerandos me pareció que algunas justificaciones eran religiosas aunque el fin de dicha medida fuera controlar el exceso de ingesta alcohólica para evitar problemas en la vía pública. No había necesidad de tal medida. Si alguien bebe de más no pasa nada pero si una persona hace algún escándalo en la vía pública y daña derechos de otros entonces ya se le pueden aplicar medidas que existen en la ley para mantener el orden público.
Hace algún tiempo, algunas municipalidades decidieron prohibir el uso de ciertos plásticos desechables. La medida fue arbitraria y causó mucha polémica. De hecho, hoy en día se siguen utilizando plásticos en muchos lugares ante la falta de sustitutos adecuados. Y los sustitutos propuestos son peores para el medio ambiente que el mismo plástico porque al analizar el ciclo de vida completo resultaban en más consumo de agua y energía que el mismo plástico. En esa ocasión se violó un derecho fundamental al comercio pero la Corte no hizo nada. La razón de la prohibición sirvió como publicidad para que los alcaldes que la aplicaron fueran reconocidos como personas que hacían algo por el medio ambiente. La realidad es que fracasaron en el manejo de desechos sólidos de sus municipios y fue muy fácil echarle la culpa al plástico y no reconocer ellos mismos su mal manejo de residuos y basura. Pienso que en algún momento, la Corte de Constitucionalidad puede corregir la plana y eliminar esas prohibiciones arbitrarias que atentan también contra el derecho de libre comercio y de los trabajadores y empresarios. También pienso que se vulnera el derecho de los consumidores al obligarles a utilizar productos más caros y contaminantes que los que ellos podrían libremente escoger.
Tal vez este amparo de la corte mande un mensaje a toda autoridad a que revise sus funciones y ponga algún límite a sus decisiones para no caer en el abuso de poder. La protección del ciudadano contra el abuso de los gobernantes es vital para que una sociedad pueda prosperar. El respeto a los derechos individuales de la vida, la libertad y la propiedad debe prevalecer ante todo. Lo ocurrido en Antigua traerá consecuencias positivas para el resto de los guatemaltecos.