Publicado: Guatemala, 6 de mayo del 2025
¿Qué hacemos con el agua? Carroll Ríos de Rodríguez explica cómo sin precios reales ni derechos de propiedad claros no hay forma de conservar, distribuir ni valorar adecuadamente este recurso vital.
Según la inteligencia artificial de Google, la factura mensual promedio por el agua potable en Guatemala es de Q16.72 al mes. Los usuarios pagan entre Q2.57 y Q5.94 el metro cúbico, y lo que así recaudan las municipalidades no cubre los costos de suministrar el servicio. ¿Incentivan las tarifas vigentes un uso sensato del vital líquido?
Los textos de economía solían caracterizar al agua y al aire como bienes libres o gratuitos porque abundaban. Pero debemos tratar el agua como el bien económico que es. Aunque lo deseen genuinamente, los gobiernos no pueden calcular un precio que revela su valor real en cada momento, como hacen los mercados. En el mercado, los precios se forman espontáneamente gracias a miles de intercambios entre oferentes y consumidores. Los oferentes compiten entre sí para atraer al consumidor, presionando el precio hacia abajo. Los consumidores compiten entre sí para acceder al bien, pujando el precio hacia arriba.
El precio correcto nos invitaría a cuidar, conservar y mantener limpia el agua en el presente y a futuro, y nos ayudaría a comprender qué uso (agrícola, doméstico, recreativo, etc.) es más valorado por una comunidad en un momento dado.
El verdadero precio del recurso sería revelado por un mercado de aguas, que solamente puede surgir si se refuerzan y garantizan los derechos de propiedad privada. ¿Es apropiable el agua? Sí, mediante títulos de propiedad o usufructo. En efecto, la paja de agua de antaño era un título de propiedad sobre una cantidad fija del líquido. En Guatemala ya existen aguas de uso particular, y también aguas de dominio público como los ríos navegables. Una propuesta innovadora sería establecer un registro de derechos privados de agua, en forma análoga a la Superintendencia de Telecomunicaciones (SIT), que reconozca los derechos particulares ya existentes y que, además, saque en licitación las aguas de dominio público. En subasta pública, concedería títulos de derecho de usufructo al mejor postor. Los títulos serían transferibles.
Los mercados de agua funcionan. Durante la colonización del oeste de Estados Unidos surgió espontáneamente un sistema basado en la Doctrina de Apropiación Previa: “Primero en lugar, primero en derecho”. Este sistema asigna derechos privados, generalmente concedidos por los demás pobladores, a los primeros usuarios del recurso. Quien se asentaba en una región determinada podía utilizar el agua que aún no había sido apropiada por los colonos que ya vivían allí, o comprar cantidades específicas de agua a sus dueños respectivos. Las leyes de los estados de Utah, Dakota del Norte y del Sur, Nevada, California y más reafirmaron este sistema y lo conservan hoy en día. La Constitución de Utah, por ejemplo, afirma que “todos los derechos existentes sobre el uso de cualquier agua en este estado para fines útiles o benéficos son reconocidos y confirmados”.
Según el ambientalista y presidente de WestWater Research, este sistema orienta las decisiones del uso del agua hacia los fines más valorados por la comunidad. También permite a los usuarios tomar riesgos en relación con un suministro variable de aguas.
Los mercados superan a los sistemas altamente regulados, porque son más flexibles, se adaptan a la cambiante información y avances tecnológicos y procuran usos congruentes con la conservación y la protección del agua.
Desde 1991, algunas personas han promovido distintas versiones de una ley de aguas, la mayoría de las cuales buscaba estatizar el recurso completamente. Las consecuencias serían terribles. Sería preferible atender a las buenas prácticas e implantar un novedoso mercado de aguas.