La Economía y las Leyes

Luis Pazos / Abogado y economista / Cees@cees.org.gt

Publicado: Guatemala, enero de 1986

¿Cómo se relaciona la economía con la legislación? Luis Pazos analiza la importancia de conocer los principios económicos para una buena legislación. Pazos explica cómo pasar por alto la ciencia económica ha dado origen a políticas absurdas en los países subdesarrollados.

El progreso material del hombre se ha debido al conocimiento y aprovechamiento cada vez más amplio y completo de los fenómenos naturales y sociales.

Al relacionar causas y efectos de determinados fenómenos, el hombre se dio cuenta que podía utilizar el mundo que le rodeaba. Empieza a organizar en forma metódica los conocimientos y a establecer principios de causalidad, proceso con el cual se originan las ciencias.

La validez y utilidad de las ciencias, tanto naturales como sociales, radica en la posibilidad de establecer principios universalmente válidos. Estos principios o leyes son el sostén de las ciencias.

El progreso de una ciencia está en razón del mayor número de principios universales que pueda establecer. Lo que quiere decir que hay más verdades universales conocidas en ese campo del saber.

Las ciencias sociales, entre las que se cuenta la economía, buscan establecer relaciones de causa a efecto en el comportamiento de los hombres en sociedad.

La ciencia económica tiene como finalidad ofrecer al hombre conocimientos que le permitan lograr un mejor aprovechamiento de los recursos. Se actuará económicamente cuando se utilicen los recursos en la forma más eficiente; se actuará anti económicamente cuando no se utilicen en la mejor forma posible los recursos escasos.

La ciencia económica no busca la felicidad del hombre, ni toda la actividad del hombre se reduce a la economía. Cuando el hombre se levanta y su actividad se dirige a satisfacer sus necesidades y deseos materiales, que requieren un esfuerzo para obtenerlos, está actuando económicamente; cuando el hombre canta, piensa, reza y busca satisfacer sus necesidades espirituales, no está actuando económicamente.

A la economía le interesa el hombre en cuanto actúa económicamente. Esto no quiere decir que ignore o niegue la importancia de otras actividades, algunas más trascendentales que la económica, pero, por razones didácticas, la ciencia económica prescinde de otros aspectos de la actividad humana y sólo se ocupa de ellos en tanto influyen en la actividad económica.

El primer problema que nos plantea la economía consiste en determinar si tiene el carácter de ciencia.

Si consideramos a la economía como una ciencia, implica la existencia de principios económicos con validez universal.

Toda ciencia tiene un objeto material y un objeto formal. El objeto material es el sector de la realidad que estudie. El objeto formal es el punto de vista desde el cual observa un sector de la realidad. El objeto material de la sicología es el hombre y su objeto formal es el estudio del hombre desde el punto de vista de las facultades y operaciones del alma y la mente. En la medicina, la materia de investigación es el hombre y el objeto formal, o Ángulo de estudio, es la conservación y restablecimiento de la salud del cuerpo humano. La economía también tiene como objeto material de su estudio el hombre, y su objeto formal, o ángulo desde el cual lo estudia, es la forma en que produce, intercambia y consume recursos escasos para satisfacer sus necesidades.

La veracidad y utilidad de las teorías sociales depende de su aplicación No se puede hablar de teorías verdaderas si en la práctica no funcionan. Sí una teoría no funciona quiere decir que sus premisas son falsas, que partió de un concepto equivocado del hombre y de las motivaciones que lo llevan a actuar en sociedad.

Es frecuente oír en círculos de intelectuales, políticos y economistas, la frase «es una buena teoría, aunque no ha dado resultado en la práctica». La teoría y la práctica están íntimamente ligadas. Una teoría que no es práctica no es una buena Teoría; dice el economista Benegas Lynch: «La intención de la teoría es interpretar la realidad, por tanto, es buena cuando logra aquel propósito y mala cuando no lo logra».

En la economía, en donde la materia de estudio es el hombre, a menudo se dice que lo que falla es éste y no las teorías, siendo que en realidad el error está en las ideas. Hoy en día tenemos teorías económicas que han sido un fracaso en la práctica por querer transformar al hombre y no tomarlo tal como es. El ser humano no es malvado ni egoísta por naturaleza, tampoco es bondadoso y altruista, dispuesto a sacrificar el bien propio por el colectivo. El hombre es cambiante por naturaleza: bueno y malo, egoísta y bondadoso; por lo general, trata de satisfacer sus necesidades antes que las colectivas. Si una teoría no toma en cuenta el comportamiento variable del hombre está condenada al fracaso en la práctica.

Las ciencias se clasifican en ciencias del ser y ciencias del deber ser. Las ciencias del deber ser están basadas en juicios normativos y de valor, es decir, en lo que debería ser. Las ciencias del ser están basadas en juicios positivos, es decir, lo que es. Entre las ciencias del deber ser encontramos al derecho, que establece lo que debe ser. Por el contrario, la economía es una ciencia del ser y no son válidos para ella juicios normativos o de valor que corresponden a las ciencias del deber ser.

La economía está basada en el comportamiento real de los hombres y no es válida una teoría económica que parte de una hipotética «conducta económica o que debería ser, de acuerdo al criterio de alguien. En su sentido más general, la ciencia jurídica tiene como finalidad el estudio de las normas que regulan nuestra vida en sociedad. Estas normas tienen un contenido variado y operan en un mundo de relaciones interindividuales complejas que obligan al abogado a tener una visión clara y universal de las diferentes ciencias sociales. La eficacia de las normas jurídicas va a depender del conocimiento que el jurista tenga de la realidad que pretende regular.

De nada sirve que la norma se encuentre perfectamente estructurada conforme a la técnica jurídica si su contenido va en contra de la realidad.

Si analizamos cualquier código o conjunto de normas, nos encontramos que gran parte de los ordenamientos tienen, directa o indirectamente, un contenido económico, o sea, que caen dentro del mundo de la economía. Y, desgraciadamente, es en este campo en donde existen más falacias y errores, que han traído como consecuencia, entre otras cosas, la inaplicabilidad de las normas jurídicas y, en muchas ocasiones, la obstaculización del progreso económico.

Es de suma importancia para el jurista el conocimiento de los principios y leyes económicas, ya que éstas no pueden ser modificadas por los ordenamientos jurídicos. La siguiente anécdota, citada por algunos economistas, demuestra hasta dónde llega la ignorancia de muchos de nuestros gobernantes y políticos en materia económica:

Cuentan que un presidente de un país de la región iberoamericana, al leer muy de mañana los encabezados de los periódicos se encontró con la noticia de que los precios subían a gran velocidad. En seguida tocó un timbre y ordenó que llamaran al ministro de Economía. En breve tiempo, el ministro se encontró ante el presidente, y éste le preguntó que cuál era la causa del alza de los precios. El ministro respondió que el alza era debida a la ley de la oferta y la demanda. El presidente dio las gracias al ministro por su información y, posteriormente, mandó llamar al líder del Congreso, a quien ordenó que reuniera las Cámaras y procediera a la derogación inmediata de la ley de la oferta y la demanda.

Esta anécdota, que para algunos es motivo de risa, se convierte en tragedia dentro de la realidad socioeconómica que viven nuestros países. Es precisamente la ignorancia, la mala interpretación y el querer pasar por alto los principios que rigen la ciencia económica, lo que da origen a las políticas absurdas que viven la mayoría de los países llamados subdesarrollados.

La economía es una materia tan trascendente, que no puede ser dejada únicamente en manos de los economistas, y en el caso de los abogados, que son los que dan forma a los ordenamientos que rigen nuestras relaciones en todos los campos de la actividad social, les son esenciales los conocimientos de la ciencia económica además de los jurídicos.

Los estudios jurídicos nos enseñan la forma lógica y correcta de crear e interpretar las normas que coordinan nuestra vida en sociedad; la economía nos da los elementos para que las normas con contenido económico sean efectivas y congruentes con la realidad.

LA REALIDAD DEL HOMBRE

«La realidad es que, aún cuando una sociedad libre no es una sociedad formada por seres moralmente perfectos, su nivel moral y material es mucho más alto que el de una sociedad que no es libre. Pese a que, en términos generales, en una sociedad libre la conducta individual es interesada y persigue su propio beneficio, el resultado social es que no se puede beneficiar uno mismo a menos que en alguna medida beneficie al prójimo. Una sociedad libre, es, pues, mucho más humana, moral y pacífica que una que no lo es, aunque no puede alcanzar la perfección moral que exige el racionalismo o intencionalismo kantiano (el deber-ser), ya que los seres humanos son imperfectos».